LA REFORMA CONSTITUCIONAL O LEGAL CALIFICA AL GOBERNANTE
LA REFORMA CONSTITUCIONAL O LEGAL CALIFICA AL
GOBERNANTE
Por: Raymundo García García*
21 nov 2008
Las reformas
constitucionales y legales, llevadas a cabo dentro de un régimen de sobre
vivencia del presidencialismo omnímodo, como el que aun vive Puebla, en el cual
el gobernador decide qué instituciones cambian, cuánto cambian, en qué sentido
cambian, y para qué fines cambian, entonces la reforma se mira como la decisión
política de un hombre, aquel que por un tiempo encarna el papel de gobernador.
Así, un parámetro para medir el éxito y
compromiso de un periodo gubernamental, puede hacerse desde la producción de la
transformación institucional traducida en reformas constitucionales y legales,
en las cuales no basta el número de veces que sea reformada la Constitución,
sino que su impacto se mide por el número de artículos que la transformación
alcance.
En la coyuntura de
esta semana en la cual se ha puesto en el centro del debate, la posible
decisión de aventurarse hacia un acto de rebeldía al mandato de la Constitución
General de los Estados Unidos Mexicanos, buscando interpretaciones encaminadas
a no llevar a cabo una reforma electoral, que homologue la próxima elección de
gobernador en Puebla para el primer domingo de julio, porque dicha elección se
llevaría dentro de un esquema de parálisis y de hundimiento de las olas rojas,
se hace necesario, zafarse del debate, y mejor hacer un repaso histórico de los
gobiernos poblanos y su activismo transformador institucional., que nos lleva a
conocer el deseo personal y político para que el estado avance, se estanque o
hasta retroceda, lo que ha quedado en manos del titular del Poder ejecutivo
REFORMAS CONSTITUCIONALES POR GOBERNADOR
GOBERNADOR
REFORMAS
ARTICULOS REFORMADOS
ALFONSO CABRERA
UNA
TRES
LEONIDES ANDREW ALMAZAN
UNA
UNO.
JOSÉ MIJARESPALENCIA
DOS
VEINTIDOS
GONZALO BAUTISTA
UNA
OCHO
RAFAEL AVILA CAMACHO
UNA
UNO .
AARON MERINO FERNANDEZ
DOS
DOS
RAFAEL MORENO VALLE
UNA
UNO
GUILLERMOMORALES BLUMENKRON
UNA
TREINTA Y NUEVE.
ALFREDO TOXQUI FERNANDEZ DE LARA
TRES
VEINITUNO.
GUILLERMO JIMENEZ MORALES
DOS
CIENTO CINCUENTA Y SEIS
MARIANO PIÑA OLAYA
CINCO
NUEVE.
MANUEL BARTLETT DIAZ
CUATRO
VEINTICUATRO.
MELQUIADES MORALES FLORES
NUEVE
CUARENTA Y TRES.
MARIO MARIN TORRES
TRES
CUATRO.
Es notorio que
las reformas constitucionales más importantes antes de 1982, se debierona la
necesidad de restablecer el sistema político poblano, después de pasar por
severas crisis políticas, como la de finales de los años veinte que generó la
circulación de varios gobernadores y otra, la provocada por un severo
autoritarismo que culminó con la agresión a la UAP y el asesinato de sus
estudiantes que llevó a la caída de Gonzalo Bautista allá en 1973. También se
nota que en momentos de empuje y compromiso transformador del sistema político poblano, el número de artículos modificados se
palpa, como en la administración Toxqui, que fue el primer sexenio estable
después de años de crisis políticas; y la reforma constitucional integral de
1982, que con sus asegures, fue el cimiento de la mayor reforma legal que haya
experimentado Puebla, de ahí que no obstante que en la administración Jiménez
Morales se llevaron a cabo sólo dosreformas a la Constitución, esta impactó en la adecuación a 156
artículos y descendió a la creación y modificación de leyes como; la de planeación,
presupuesto, contabilidad y gasto público, la de la administración pública, y
la de adecuación total al código civil, al procesal civil, al de defensa
social, y al de procedimientos en materia de defensa social; sólo por citar lo
más elocuente. El estancamiento de la entidad poblana, también se reflejó en la
escasa adecuación constitucional en la administración Piña Olaya. Ahora bien a
partir de la reforma constitucional en materia electoral allá en 1996, se da
inicio de una nueva era encaminada a buscar la homogeneización de las
instituciones estatales al mismo ritmo del que están sufriendo las
instituciones federales, de manera particular las relativas a la materia
electoral, rubro en el cual el rezago era evidente. Por ello en las
administraciones Bartlett y Morales Flores, el proceso transformador de la
Constitución local es significativo Lamentablemente, la presente administración
Marín, deja mucho que desear y ahora se atranca en el deseo de impulsar una reforma
electoral, que de cualquier modo saldrá adelante.
El
arrinconamiento del marinismo para evitar un proceso de reformas
constitucionales y legales de avanzada, tiene como ingrediente por lo menos dos
elementos: la aniquilación del poder realprovocado por la lucha de la periodista Lydia Cacho Ribeiro, que con su
acción comunicativa, vació de poder al presente sexenio, dejando al grupo
gobernante en calidad de simples administradores del statu quo y en segundo
lugar, la desconfianza enlas mediciones
y escenarios que hace el propio grupo gobernante, que sabe que no son
confiables, por el sostenimiento de un PRIfracturado desde inicio de la administración y sostenido dizque en “unidad”
con adhesivos inseguros. Mientras en la
administración anterior era claro que había dos PRI, en la presente, para todo
mundo es claro y notorio que el PRI es de más de dos grupos, y los riesgos de
fractura aparecen por varios lados. No es casual que cuando se hablaba al
principio del presente sexenio de que se llevaría a cabo una reforma
constitucional integral, como la de 1982, después de la crisis Marín-Cacho,
dicho proyecto simplemente fue guardado en el cajón de sastre.
*Raymundo García García es catedrático, investigador y doctor en Derecho.
Francisco Pérez Toledo
- ....también en el ámbito federal
|201.132.65.xxx
|2008-11-24 23:16:59
Como lo señala asertadamente el articulista las reformas constitucionales en la entidad han sido promovidas por el Ejecutivo en turno. Nada nuevo en un régimen presidencial como el que vivimos, baste recordar que en el ámbito federal el mayor número de reformas no sólo constitucionales sino a leyes ordinarias se basan en iniciativas presidenciales. Algunos autores señalan que es un fenómeno natural, ya que el Poder Ejectutivo cuenta con una mayor estructura para enviar proposiciones al Legislativo con mejor técnica legislativa y con un enfoque sistémico. No sólo simples parches legislativos presentados por la mayor parte de los legisladores con fines netamente electoreros o de coyuntura, los cuales la mayoría de las veces están condenados a dormir el sueño de los justos en la congeladora de las comisiones correspondientes.
Tampoco debemos olvidar que el titular del Ejecutivo federal no goza precisamente de amplios márgenes d...